Partes:
ALVAREZ, ANGEL V. JUSINO, JOHNNY
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202400872
Año:
2024
Fecha:
30 de agosto de 2024
El Tribunal de Apelaciones resolvió un recurso discrecional de Certiorari presentado por los peticionarios. Los peticionarios solicitaron revocar una Resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que denegó su Solicitud de Sentencia Sumaria Parcial. Alegaban que el TPI erró al determinar la existencia de hechos en controversia que impedían dictar la sentencia sumaria. El Tribunal de Apelaciones deliberó sobre los méritos del recurso y decidió declinar la intervención. Coincidió con la apreciación del TPI de que aún restan hechos en controversia sobre la titularidad del inmueble objeto de la disputa, lo que requiere la celebración de un juicio en su fondo. Tras evaluar el expediente, el Tribunal no encontró indicio de que el TPI actuara de forma arbitraria, caprichosa, abusara de su discreción o cometiera un error de derecho. Tampoco identificó fundamentos jurídicos que justificaran expedir el auto de Certiorari conforme a los criterios que guían su discreción. Por los fundamentos expuestos, se denegó la expedición del auto de Certiorari solicitado.
Panel integrado por su presidente el Juez Figueroa Cabán, el Juez Salgado Schwarz y el Juez Monge Gómez Salgado Schwarz, Carlos G., Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de agosto de 2024. Comparecen los peticionarios de epígrafe, mediante este recurso discrecional de Certiorari, y solicita nuestra intervención a los fines de revocar una Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia dictada el 16 de febrero de 2024 y notificada el día 23 de febrero de $2024^{1}$, mediante la cual se declaró No Ha Lugar una Solicitud de Sentencia Sumaria Parcial presentada por ...
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