Partes:
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO V. FLORES PAGAN, CARMEN LILIAN
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202400830
Año:
2024
Fecha:
13 de septiembre de 2024
Este documento es una Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. El Banco Popular de Puerto Rico (BPPR) presentó un recurso de certiorari solicitando la revocación de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia. Dicha Resolución denegó la Moción de Reconsideración del BPPR, la cual impugnaba la denegación previa de su Moción de Sentencia Sumaria en un caso de ejecución de hipoteca. BPPR demandó a la Sucesión de Carmen Lilia Flores y otros para ejecutar una hipoteca revertida tras el fallecimiento de los deudores originales. La parte demandada contestó la demanda, alegando falta de legitimación activa (standing) del BPPR, que el banco no era el tenedor del pagaré extraviado y que no se cumplió con las notificaciones requeridas por HUD. BPPR argumentó ser tenedor de un pagaré sustituto obtenido en otro caso y haber cumplido con las notificaciones a HUD. El Tribunal de Primera Instancia denegó la sentencia sumaria, indicando la existencia de controversias fácticas. El Tribunal de Apelaciones, por los fundamentos expuestos, deniega el auto de certiorari solicitado por el BPPR.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL X | ||
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| BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante-Peticionario v. | KLCE202400830 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Caso núm.: KCD2017-0577 (604) Sobre: Ejecución de Hipoteca |
| SUCN. CARMEN LILIA FLORES T/C/C CARMEN LILIA FLORES DE MIRANDA T/C/C CARMEN LILIAN LILIA FLORES T/C/C CARMEN LILIAN FLORES PAGÁN T/C/C CARMEN FLORES, ET AL Demandada-Recurrida |
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