Partes:
APEX BANK V. VAZQUEZ GARCIA, GILBERTO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202400750
Año:
2024
Fecha:
5 de agosto de 2024
El Tribunal de Apelaciones revisó una resolución del Tribunal de Primera Instancia en un caso de ejecución de hipoteca. Los peticionarios, dueños de la propiedad, solicitaron la desestimación de la demanda alegando que Apex Bank actuó de mala fe en la mediación compulsoria al no informarles sobre todas las alternativas para evitar la ejecución. El TPI denegó la solicitud al no encontrar evidencia de mala fe en el expediente. El Tribunal de Apelaciones expidió el recurso de certiorari para revisar esta determinación. El panel apelativo concluyó que el récord judicial no permitía determinar si hubo mala fe por parte de Apex Bank en el proceso de mediación inicial. Por tanto, modificó la resolución del TPI. El caso fue devuelto al Tribunal de Primera Instancia. Se ordenó al TPI que instruya a las partes a comparecer nuevamente a la mediación compulsoria conforme a la Ley Núm. 184-2012.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL V | ||
|---|---|---|
| APEX BANK Recurrida | KLCE202400750 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia de Guayama |
| GILBERTO VÁZQUEZ GARCÍA, IRIS MARGARITA COLLAZO VÁZQUEZ Y LA SLBG COMPUESTA POR AMBOS | Caso Núm: GM2022CV00277 Sobre: Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria | |
| Peticionarios | Panel integrado por su presidente, el Juez Hernández Sánchez, la Jueza Romero García y la Jueza Martínez Cordero. ... |
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito