Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. FIGUEROA COLOM, WILFREDO R
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202400739
Año:
2024
Fecha:
31 de julio de 2024
Este es un fallo del Tribunal de Apelaciones que atiende un Aviso de Desistimiento presentado por la Oficina del Procurador General, quien figura como Peticionario. El Peticionario informa que reconoce la veracidad de los argumentos del recurrido sobre la presentación tardía del recurso de Certiorari. Admite que el recurso no debió haberse presentado y anuncia su intención de desistir de que el Tribunal atienda la petición. El Tribunal declara ha lugar el desistimiento solicitado por el Peticionario. En consecuencia, se ordena el cierre y archivo del presente caso por desistimiento voluntario. La decisión se toma a tenor con la Regla 83(A) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones. No se impone especial condena en gastos, costas ni honorarios de abogados a ninguna de las partes. Finalmente, se ordena el desglose de los apéndices que forman parte del expediente del caso.
Panel integrado por su presidente, el Juez Rodríguez Casillas, el Juez Salgado Schwarz y el Juez Ronda Del Toro.
Salgado Schwarz, Carlos G., Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico a 31 de julio de 2024. Atendido el Aviso de Desistimiento presentado por la Oficina del Procurador General, el Peticionario, en la cual informa que los planteamientos presentados por el recurrido ante esta Curia mediante Moción Urgente Solicitando Desestimación sobre la presentación tardía del recurso de Certiorari son ciertos y que el recurso no debió haberse presentado, anunciando así su intención ...
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