Partes:
RAMIREZ MATOS, YAMILLE V. ORTEGA NUÑEZ, JOSE L
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202400663
Año:
2024
Fecha:
16 de agosto de 2024
Esta Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico atiende un recurso de certiorari presentado por José L. Ortega Núñez en un caso de daños y perjuicios por accidente de tránsito instado por Yamille Ramírez Matos. Ramírez Matos demandó a Ortega Núñez por lesiones sufridas en un accidente donde este último presuntamente conducía bajo los efectos de alcohol. Ortega Núñez planteó como defensa afirmativa y base para mociones de desestimación y paralización que la demanda era prematura. Alegó que Ramírez Matos no había cumplido con el requisito de notificar a la ACAA ni probado que esta hubiera emitido una resolución firme, conforme a la Ley Núm. 111-2020. El Tribunal de Primera Instancia declaró No Ha Lugar las mociones de desestimación y paralización, interpretando esta última como discrecional. Inconforme, Ortega Núñez acudió en certiorari, argumentando que el TPI erró al no paralizar el caso, en contravención a la jurisprudencia del Tribunal Supremo en Díaz Hernández v. MAPFRE Praico. El Tribunal de Apelaciones procede a resolver el recurso.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL II | ||
|---|---|---|
| YAMILLE RAMÍREZ MATOS | KLCE202400663 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas |
| Recurrida | ||
| v. | Caso Núm. CG2022CV04204 | |
| JOSÉ L. ORTEGA NUÑEZ | ||
| Peticionario | Sobre: Accidente de Tránsito | |
| Panel integrado por su presidente el Juez Bermúdez Torres, el Juez Adames Soto y la Juez Aldebol Mora |
En San Juan, Puerto Rico, a 16 de agosto de 2024. I.
El 21 de dic...
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