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Casos/Tribunal de Apelaciones/KLCE202400659

RUIZ RIVERA, NILDA V HOSPITAL PSIQUIATRICO FORENSE DE PONCE

Tribunal de Apelaciones

Información del Caso

Partes:

RUIZ RIVERA, NILDA V HOSPITAL PSIQUIATRICO FORENSE DE PONCE

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

KLCE202400659

Año:

2024

Fecha:

2 de julio de 2024

Resumen

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emitió una resolución sobre una petición de Certiorari. La petición fue presentada por el Hospital Psiquiátrico Forense de Ponce y ASSMCA, buscando revisar una orden del Tribunal de Primera Instancia relativa al proceso de ingreso involuntario de Marialis Muñiz Gómez bajo la Ley Núm. 408-2000. La señora Muñiz Gómez había sido declarada no procesable en procedimientos penales previos bajo la Regla 240 e ingresada en el hospital forense. El Departamento de la Familia solicitó tratamiento compulsorio bajo la Ley Núm. 408-2000. Sin embargo, el equipo interdisciplinario del hospital no recomendó dicho tratamiento compulsorio en esa etapa. El Tribunal de Primera Instancia declaró No Ha Lugar la solicitud de tratamiento y también denegó la petición de ASSMCA de determinaciones de hechos y conclusiones de derecho. Tras evaluar la petición y la evidencia, el Tribunal de Apelaciones decidió denegar la expedición del auto de Certiorari.

Contenido del Caso

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VIII

NILDA RUIZ RIVERA DEPARTAMENTO DE LA FAMILIACERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce
EX PARTE
MARIALIS MUÑIZ GÓMEZ
(persona para quien se solicita el remedio)
KLCE202400659Caso Núm.
JACI202401222
RecurridoSala: 304
v.Sobre:
HOSPITAL
PSIQUIÁTRICO
FORENSE PONCE;
ADMINISTRACIÓN DE
SERVICIOS DE SALUD
MENTAL Y CONTRA LA
ADICCIÓN (ASSMCA)
ADMISIÓN
INVOLUNTARIA LEY ...
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