Partes:
RODRIGUEZ VIDAL, WILFREDO V. NEGOCIADO DE LA POLICIA DE PUERTO RICO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202400564
Año:
2024
Fecha:
13 de junio de 2024
Este caso ante el Tribunal de Apelaciones surge de una petición de revisión judicial de la denegación de una licencia de armas por el Negociado de la Policía a Wilfredo Rodríguez Vidal. El Negociado solicitó la desestimación del recurso en el Tribunal de Primera Instancia, alegando falta de jurisdicción por presentación tardía fuera del término de 30 días y/o incumplimiento con la moción de reconsideración administrativa. El Tribunal de Primera Instancia denegó la moción de desestimación y la posterior reconsideración presentada por el Negociado. Inconforme, el Negociado acudió en certiorari ante el Tribunal de Apelaciones, señalando error en la determinación del foro primario sobre la jurisdicción. El Tribunal de Apelaciones expidió el auto de certiorari y revocó la resolución del Tribunal de Primera Instancia. Se determinó que el Negociado debe notificar adecuadamente al señor Rodríguez Vidal sobre los términos para presentar su recurso de revisión o apelación. Esto implica que la notificación original de la denegación fue considerada defectuosa para iniciar el cómputo de los términos procesales. La sentencia resuelve la controversia jurisdiccional a favor del Negociado, pero ordena corregir el proceso de notificación al ciudadano.
| ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL V | ||
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| WILFREDO RODRÍGUEZ VIDAL, Recurrida, v. NEGOCIADO DE LA POLICÍA DE PUERTO RICO; DEPARTAMENTO DE JUSTICIA, representado por el HON. DOMINGO EMANUELLI, Peticionaria. | KLCE202400564 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Región Judicial de Aguadilla, Sala Superior de Aguada. Civil núm.: AU2023CV00868. Sobre: revisión de portación, Ley de Armas. |
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