Partes:
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO V. VAZQUEZ NEGRON, LUIS MANUEL
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202400425
Año:
2024
Fecha:
20 de mayo de 2024
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico resolviendo una Petición de Certiorari. Los peticionarios, Luis Manuel Vázquez Negrón y Luis Vázquez Investment, Inc., impugnan una determinación del Tribunal de Primera Instancia de Guaynabo. El foro primario resolvió que los peticionarios fueron debidamente emplazados en un pleito de cobro de dinero y ejecución de hipoteca instado por Banco Popular de Puerto Rico. Banco Popular demandó por incumplimiento de un pagaré hipotecario. Ante la imposibilidad de emplazar personalmente, Banco Popular obtuvo autorización para emplazar por edictos. Se publicó el edicto y se envió copia de la demanda y el edicto por correo certificado a la última dirección conocida. El tribunal de primera instancia concluyó que estas gestiones constituyeron un emplazamiento válido. Los peticionarios recurrieron esta determinación, primero mediante reconsideración y luego vía certiorari ante el Tribunal de Apelaciones. El Tribunal de Apelaciones expidió el auto de certiorari. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones confirmó el dictamen recurrido, validando el emplazamiento realizado.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL X | ||
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| Banco Popular De Puerto RICO Recurrido | KLCE202400425 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guaynabo Caso Núm.: GB2023CV00499 (Salón 202) Sobre: Cobro de Dinero- Ordinario y otros |
| Luis Manuel Vázquez NEGRÓN Y OTROS Peticionario | Sobre: Cobro de Dinero- Ordinario y otros |
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