Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. QUIÑONES VILLANUEVA, JOSE
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202400419
Año:
2024
Fecha:
10 de mayo de 2024
Este documento es una Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. Se relaciona con una petición de certiorari presentada por José L. Quiñones Villanueva. El peticionario busca la revisión de sus casos criminales de 2012, donde se declaró culpable de asesinato y violación a la ley de armas. Su solicitud de revisión se fundamenta en que su abogado en dichos casos fue posteriormente desaforado por el Tribunal Supremo. El desaforo del abogado en 2023 se debió a violaciones éticas en un caso civil distinto, aunque también relacionado con el peticionario. El peticionario alega que el desaforo evidencia una representación legal inadecuada en sus casos criminales. El Tribunal de Primera Instancia declaró No Ha Lugar su solicitud de revisión. Inconforme con esa determinación, el peticionario acudió al Tribunal de Apelaciones mediante certiorari. La Resolución detalla los antecedentes del caso y el marco normativo para la expedición de un auto de certiorari en materia penal.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VII | ||
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| EL PUEBLO DE PUERTO RICO Recurrido V. JOSÉ L. QUIÑONES VILLANUEVA Peticionario | KLCE202400419 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla Caso Núm.: A VI2012G0018 A LA2012G0087 Sobre: Art. 106 C.P. y Art. 5.06 C.P. |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Domínguez Irizarry, la Jueza Grana Martínez y el Juez Pérez Ocasio.
Grana Martínez, Jueza Ponente
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