Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. CANALES CANALES, FRANCISCO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202400401
Año:
2024
Fecha:
29 de mayo de 2024
Francisco Canales Canales presentó un recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones. Solicitó la revocación de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Utuado. Dicha resolución denegó su petición para corregir la sentencia impuesta, al considerar que no cumplió los requisitos de la Regla 192.1 de Procedimiento Criminal. El Procurador General de Puerto Rico compareció solicitando la desestimación del recurso. Argumentó que el peticionario no le notificó la presentación del recurso en el término reglamentario. El Tribunal de Apelaciones desestima el certiorari. Fundamenta su decisión en la obligación de perfeccionar los recursos conforme a los preceptos legales y reglamentarios. La omisión de la notificación adecuada a la parte recurrida impide el perfeccionamiento del recurso, justificando la desestimación.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VII | ||
|---|---|---|
| PUEBLO DE PUERTO RICO | KLCE202400401 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Utuado |
| Recurrido | ||
| v. | Sobre: Art. 243 CP | |
| FRANCISCO CANALES CANALES | Caso Número: L OP2013G0012 y otros | |
| Peticionario |
Panel integrado por su presidenta, la Juez Domínguez Irizarry, la Juez Grana Martínez y el Juez Pérez Ocasio
Domínguez Irizarry, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, ...
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