Partes:
PEREZ BETANCOURT, CITERES SAHYLIS V. ORSINI VELEZ, YANIRA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202400281
Año:
2024
Fecha:
20 de marzo de 2024
El Tribunal de Apelaciones revisó una Resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó una Moción de Desestimación presentada por MAPFRE PRAICO Insurance Company. Los recurridos demandaron a MAPFRE por incumplimiento de seguros y daños relacionados con el huracán María. Alegaron que MAPFRE emitió incorrectamente una póliza multilínea personal a nombre del condominio en lugar de los titulares individuales y pagó las reclamaciones al condominio, impidiendo la reparación de daños. La Oficina del Comisionado de Seguros había determinado previamente que MAPFRE violó sus manuales y el Código de Seguros al emitir la póliza. MAPFRE solicitó la desestimación argumentando que la demanda se presentó más de cinco años después de la pérdida, incumpliendo una cláusula de la póliza que requiere iniciar acciones dentro de un año. El Tribunal de Primera Instancia declaró no ha lugar la moción de MAPFRE. El Tribunal de Apelaciones expidió el auto de certiorari, revocó la Resolución recurrida y desestimó con perjuicio la demanda contra MAPFRE.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL III | ||
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| CITERES SAHYLIS PÉREZ BETANCOURT, JOSÉ MIGUEL PÉREZ GONZALÉZ, PÉREZ PÉREZ, SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES Recurridos V. YANIRA ORSINI VÉLEZ, MAPFRE PRAICO INSURANCE COMPANY, ASOCIACIÓN DE CONDÓMINOS DOS MARINAS I Y OTROS Peticionarios | KLCE202400281 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Fajardo Caso núm.: FA2023CV00455 Sobre: <br... |
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