Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. GARCIA PARRA, HERIBERTO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202400184
Año:
2024
Fecha:
26 de febrero de 2024
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico, Panel VI, emitió una Resolución sobre un recurso de Certiorari presentado por Heriberto García Parra. El señor García Parra, quien cumple una sentencia de 99 años, solicitó previamente al Tribunal de Primera Instancia una reducción de sentencia alegando condiciones de salud limitantes. El Tribunal de Primera Instancia declaró No Ha Lugar dicha petición. Inconforme, el señor García Parra acudió al Tribunal de Apelaciones mediante Certiorari para revisar esa determinación. El Tribunal de Apelaciones examinó el escrito del peticionario y el estado de derecho aplicable. La Resolución explica que el Certiorari es un vehículo procesal discrecional. Se citan los criterios de la Regla 40 del Reglamento del Tribunal de Apelaciones para la expedición de dicho recurso. El Tribunal señala que el escrito del peticionario no planteó claramente el error del foro recurrido ni incluyó disposiciones legales o jurisprudencia. Por los fundamentos expuestos, el Tribunal de Apelaciones deniega la expedición del recurso de Certiorari solicitado por el señor García Parra.
| EL PUEBLO DE | CERTIORARI | |
|---|---|---|
| PUERTO RICO | procedente del | |
| Tribunal de Primera | ||
| Recurrido | Instancia, Sala | |
| v. | KLCE202400184 | Superior de Ponce |
| HERIBERTO GARCÍA | Caso núm.: | |
| PARRA | J DC1998G0028 | |
| Peticionario | Sobre: Art. 138 CP |
Panel integrado por su presidenta la jueza Ortiz Flores, el juez Rivera Torres, la jueza Rivera Pérez y el juez Campos Pérez.
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