Partes:
VILLARRUBIA RUIZ, MARIA DE LOS ANGELES V. EMERALD HOLDINGS, LLC
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202400177
Año:
2024
Fecha:
20 de marzo de 2024
El Tribunal de Apelaciones deniega un auto de certiorari solicitado por Natalia Albertorio Rivera y Health Herb Medical, LLC. Los peticionarios buscaban la revisión de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia de San Juan. Dicha resolución declaró No Ha Lugar su Moción de Desestimación en un caso sobre nulidad de contrato, dolo y daños y perjuicios. La moción de desestimación argumentaba la nulidad del diligenciamiento del emplazamiento por edicto. Los peticionarios alegaban que la demandante conocía sus direcciones reales pero utilizó un método y dirección incorrectos para la notificación por edicto. Sostenían que esto incumplía la Regla 4.6 de Procedimiento Civil y privaba de jurisdicción al tribunal. El Tribunal de Primera Instancia rechazó este argumento. Ahora, el Tribunal de Apelaciones, tras revisar los fundamentos, deniega la solicitud de certiorari.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL XI | ||
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| MARÍA DE LOS ÁNGELES VILLARRUBIA RUIZ Peticionaria v. | KLCE202400177 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan |
| EMERALD HOLDINGS, LLC Y NATALIA ALBERTORIO RIVERA; PERSONA NATURAL ABC, PERSONA JURÍDICA DEF; SUZETTE MAFUZ LIZARDI; VIVIANA DÍAZ Recurridos | Caso número: SJ2022CV05735 Sobre: NULIDAD DE CONTRATO, DOLO, DAÑOS Y P... |
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