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Casos/Tribunal de Apelaciones/KLCE202400076

GUZMAN NARVAEZ, MICHAEL ALEXANDER V. VAZQUEZ TORRES, JEIME LEE

Tribunal de Apelaciones

Información del Caso

Partes:

GUZMAN NARVAEZ, MICHAEL ALEXANDER V. VAZQUEZ TORRES, JEIME LEE

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

KLCE202400076

Año:

2024

Fecha:

15 de marzo de 2024

Resumen

Este documento detalla el historial procesal en un caso de divorcio ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico, centrado en la modificación de la pensión alimenticia. Inicialmente, se fijó la pensión y la responsabilidad de gastos escolares y médicos según un informe de la Examinadora de Pensiones Alimenticias. Aproximadamente dos años después, la madre solicitó una revisión de la pensión, alegando primero mayores ingresos del padre y luego basándose en la matrícula de los hijos en una institución privada. El padre se opuso a la revisión, argumentando que la decisión de cambiar a educación privada fue unilateral, innecesaria y económicamente inviable. Solicitó que los menores regresaran a la escuela pública o que la madre cubriera los gastos de la educación privada. La madre presentó mociones adicionales pidiendo permiso para continuar la educación privada y reclamando retroactivos por gastos escolares y pensión supuestamente impagada. El tribunal de primera instancia ordenó a la madre acreditar haber consultado y obtenido el consentimiento del padre para la matrícula en la escuela privada. El caso gira en torno a la disputa sobre la decisión unilateral de cambiar la educación de los menores y su impacto en la pensión alimenticia.

Contenido del Caso

Estado Libre Asociado de Puerto Rico
TRIBUNAL DE APELACIONES
PANEL II
MICHAEL ALEXANDER GUZMÁN NARVÁEZKLCE202400076Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón
RecurridoCaso Núm.
BY2021RF00965
v.Sobre:
Divorcio
Ruptura Irreparable
JEIME LEE VÁZQUEZ
TORRES
Peticionaria

Panel integrado por su presidente el Juez Bermúdez Torres, el Juez Adames Soto y la Juez Aldebol Mora

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 15 de marzo de 2024. I.

El 1 de junio de 20...

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