Partes:
GANDIA PORTELA, JORGE V. SOLER MUTT, MAYRA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202400026
Año:
2024
Fecha:
3 de abril de 2024
Sentencia del Tribunal de Apelaciones sobre una Petición de Certiorari. El caso subyacente trata sobre la liquidación de la comunidad de bienes tras un divorcio decretado en 2006. La controversia principal gira en torno al periodo que debe utilizarse para valorar unas acciones corporativas adquiridas por el esposo durante el matrimonio. La peticionaria, Mayra Soler Mutt, acudió en Certiorari contra una Resolución del Tribunal de Primera Instancia. Dicha Resolución determinó que el periodo de valorización de las acciones sería los tres años anteriores a la fecha de radicación de la demanda de divorcio. La señora Soler Mutt alega que el periodo correcto debe ser desde la fecha del divorcio hasta la liquidación final de la comunidad post ganancial. El recurrido, Jorge Gandía Portela, se opone, argumentando que el periodo debe ser el ganancial o según una estipulación previa. El Tribunal de Apelaciones evalúa la corrección de la determinación del foro primario sobre el periodo de valorización en este proceso de liquidación.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL II | ||
|---|---|---|
| JORGE GANDIA PORTELA | Certiorari procedente del | |
| Recurrido | KLCE202400026 | Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez |
| v. | ||
| MAYRA SOLER MUTT | Caso Núm. MZ2022CV00881 | |
| Peticionaria | Sobre: Liquidación de Comunidad de Bienes | |
| Panel integrado por su presidente el Juez Bermúdez Torres, el Juez Adames Soto y la Juez Aldebol Mora |
En San Juan, Puerto Rico, a 3 de abril de 2024. I.
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