Partes:
HOWE HERNANDEZ, JUAN W V. BELTRAN SOTO, NOEMI
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202301467
Año:
2024
Fecha:
14 de febrero de 2024
La Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico atiende una petición de certiorari. Los Peticionarios buscaban revocar una sentencia del Tribunal de Primera Instancia que desestimó su demanda contra la junta de directores de un condominio. La demanda surgió tras daños estructurales al edificio y la exclusión de los Peticionarios de las asambleas por cesar pagos de mantenimiento, impugnando acciones de la junta. El foro de primera instancia desestimó el caso por falta de jurisdicción, determinando que la Ley de Condominios confiere jurisdicción primaria y exclusiva al Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo) para atender controversias sobre actuaciones de juntas. Los Peticionarios recurrieron esta decisión ante el Tribunal de Apelaciones. Tras revisar el expediente, el Tribunal concluyó que la actuación del foro inferior no fue irrazonable ni constituyó un abuso de discreción. Afirmó que la ley aplicable otorga efectivamente jurisdicción primaria y exclusiva al DACo sobre la materia en cuestión. Por tanto, denegó la expedición del auto de certiorari, confirmando la desestimación judicial y la remisión al foro administrativo.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL XI | ||
|---|---|---|
| JUAN W. HOWE HERNÁNDEZ Y OTROS Peticionarios | KLCE202301467 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce |
| v. | Caso Núm.: PO2021CV00972 (Salón 604) | |
| NOEMÍ BELTRÁN SOTO Y OTROS | Sobre: Daños y Otros | |
| Recurridos |
Panel integrado por su presidenta, la Juez Brignoni Mártir, el Juez Candelaria Rosa, la Jueza Álvarez Esnard y la Jueza Díaz Rivera.
Candelaria Rosa, Juez Ponente
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