Partes:
COMPAÑIA DE FOMENTO INDUSTRIAL DE PR V. MOTOPAC, CORP
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202301099
Año:
2024
Fecha:
31 de enero de 2024
Un panel de jueces consideró un recurso de Certiorari presentado por Triple-S Propiedad, Inc. La aseguradora solicitó la revocación de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que denegó su Moción de Sentencia Sumaria. El caso subyacente involucra una demanda de PRIDCo contra Motopac, Defpac y Triple-S por daños a una propiedad arrendada y daños ambientales causados por un incendio y derrame. Motopac y Defpac también demandaron a terceros por costos relacionados, y los casos fueron consolidados. Triple-S argumentó en sus mociones de sentencia sumaria que los daños reclamados no estaban cubiertos por la póliza de seguro, específicamente por tratarse de daños ambientales expresamente excluidos. PRIDCo y los asegurados se opusieron a las mociones, disputando la aplicabilidad de las exclusiones. Tras examinar el expediente, el panel denegó expedir el auto de Certiorari solicitado. Con esta acción, se confirmó la decisión del TPI de no dictar sentencia sumaria a favor de Triple-S.
Panel integrado por su presidente el Juez Figueroa Cabán, el Juez Bonilla Ortiz y la Jueza Mateu Meléndez.
Mateu Meléndez, Jueza Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 31 de enero de 2024. Comparece ante nos Triple-S Propiedad, Inc. (en adelante Triple-S o la peticionaria) mediante un recurso de Certiorari en el que solicita la revocación de la Resolución emitida el 16 de agosto de 2023, notificada el 17, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón (en adelante TPI o
foro recurrido). Por virtud del aludido dictamen, el TPI declaró No Ha Lugar la Moción de Senten...
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