Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. RIVERA VAZQUEZ, JUAN
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202101328
Año:
2021
Fecha:
30 de noviembre de 2021
El escrito del señor Rivera presenta solicitudes aparentemente contradictorias sobre la corrección de su sentencia y la impugnación de bonificaciones. El Tribunal de Apelaciones evalúa el documento y encuentra que incumple gravemente con múltiples requisitos de su Reglamento. No incluye la decisión del Tribunal de Primera Instancia que se busca revisar, ni establece la razón para intervenir en la resolución administrativa sobre bonificaciones. El escrito carece de una relación fiel de hechos, no señala ni discute los errores alegados del TPI, ni cita ley o jurisprudencia aplicable. Tampoco acompaña documentos clave del expediente original del TPI o de la agencia administrativa. Estas deficiencias impiden determinar la jurisdicción del foro y hacen que el escrito no sea un recurso revisable. Conforme al Reglamento, el Tribunal puede desestimar recursos no perfeccionados. Por los fundamentos expuestos, se desestima el escrito del señor Rivera. La desestimación se basa en no haberse proseguido con diligencia, conforme a la Regla 83 (B) (3) y (C). Se ordena notificar la decisión al Departamento de Corrección y al Procurador General.
⁰ ⁰: Número Identificador
En un escrito incoherente, el señor Rivera parece solicitar, por un lado, la corrección del cómputo de su sentencia, pero por otro, parece impugnar la acreditación de las bonificaciones realizada por el Departamento de Corrección.
En cuanto a la reclamación judicial, el escrito del señor Rivera incumple crasamente con la Regla 34 del Reglamento del Tribunal de Apelaciones, ² porque no incluye la decisión del Tribunal de Primera Instancia cuya revisión se solicita. ³
En lo que respecta a la controversia sobre las bonificacion...
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