Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. CANCEL CALDERON, CARLOS
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202101110
Año:
2021
Fecha:
28 de septiembre de 2021
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una Resolución en un recurso de certiorari presentado por Carlos Cancel Calderón. El peticionario impugnaba una determinación del Tribunal de Primera Instancia que denegó su Moción de Desestimación bajo la Regla 64(p) de Procedimiento Criminal. Dicha moción argumentaba la ausencia del elemento de intención en el delito imputado. Tras la denegatoria inicial, el peticionario presentó una Moción de Reconsideración. El Tribunal de Apelaciones analizó la fecha de presentación de esta moción. Concluyó que la moción de reconsideración fue presentada fuera del término improrrogable de quince días. Una moción de reconsideración extemporánea no interrumpe el término para presentar un recurso de certiorari. Al no haberse interrumpido el término, el certiorari fue presentado tardíamente. Por lo tanto, el Tribunal de Apelaciones carece de jurisdicción para atender el recurso. La Resolución desestima el certiorari por falta de jurisdicción.
| ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VIII | ||
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| EL PUEBLO DE PUERTO RICO Recurrido v. CARLOS CANCEL CALDERÓN Peticionario | KLCE202101110 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Por: Art. 6.14 Ley 168 (2000) Caso Número: D LA2021G0004 |
Panel integrado por su presidenta, la Juez Domínguez Irizarry, la Juez Rivera Marchand y el Juez Salgado Schwarz
Domínguez Irizarry, jueza ponente
En San Juan, Puerto Rico a 28 de septiembre de 2021. El peticion...
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