Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. TORRES VEGA, HECTOR
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202101038
Año:
2021
Fecha:
24 de septiembre de 2021
Héctor L. Torres Vega presentó una petición de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico impugnando una resolución del Tribunal de Primera Instancia. Dicha resolución enmendó sus sentencias dictadas en 2002, que originalmente incluían separación permanente de la sociedad por asesinato y otros delitos, además de penas por violaciones a la Ley de Armas. Aplicando el principio de favorabilidad, el foro primario cambió la separación permanente a una pena de 99 años y dispuso que algunas sentencias se cumplirían concurrentemente. No obstante, ordenó que las penas por infracciones a la Ley de Armas se cumplieran de forma consecutiva a las restantes sentencias. El peticionario se opuso a que las penas por Ley de Armas fueran cumplidas de forma consecutiva. Tras examinar el recurso y la oposición del Pueblo, el Tribunal de Apelaciones concluyó que el reclamo del peticionario resultaba improcedente. Por tanto, el Tribunal denegó la expedición del auto de certiorari.
EL PUEBLO DE PUERTO RICO,
Recurrida, v.
HÉCTOR L. TORRES VEGA,
Peticionaria.
KLCE202101038
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón.
Crim. núm.: D LA2002G0068 al D LA2002G0074; D VI2002G0009 al D VI2002G0011; D PD2002G102; D PD202G0103; D PD2001M0642 al D PD2021M0643.
Sobre: Art. 83 CP, asesinato en primer grado; tentativa asesinato (2); Art. 171 CP, tent. escalamiento; Art. 4.04 LA (3); Art. 4.15 LA (3); Art. 2.14 B-1 LA; Art. 179 CP; Art. 172 CP (2).
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