Partes:
VILLOLDO VARONA, MARIA EUGENIA V. AVILES PEREZ, EDWIN ANTONIO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202100929
Año:
2021
Fecha:
8 de octubre de 2021
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre un recurso de certiorari. María Eugenia Villoldo Varona solicitó la revisión de una orden del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao. Dicha orden dispuso el traslado de un caso civil sobre incumplimiento de contrato, daños e interdicto a la Sala de Aguadilla. La peticionaria había demandado a Edwin A. Avilés Pérez y otros en Humacao. Los demandados solicitaron el traslado a Aguadilla, alegando residencia en Aguada y que el contrato se perfeccionó en Mayagüez. La peticionaria se opuso, argumentando sumisión a la jurisdicción de Humacao, residencia de los demandados en Humacao y ubicación del negocio. El tribunal de instancia ordenó el traslado a Aguadilla por competencia. La peticionaria recurrió en certiorari, alegando error al trasladar el caso sin atender el interdicto preliminar y sin fundamentación legal. El Tribunal de Apelaciones evaluó el recurso y denegó la expedición del auto de certiorari solicitado.
MARÍA EUGENIA VILLOLDO VARONA
Peticionaria
V.
EDWIN A. AVILÉS PÉREZ, WANDA I. CRUZ PACHECO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES AVILÉS PÉREZ- CRUZ PACHECO; JUNTA REGLAMENTADORA DEL CANNABIS MEDICINAL; COMPAÑÍA ASEGURADORA ABC; FULANO DE TAL; SUTANA DE TAL
MARCOS I. PENTOL ORTIZ INTERVENTOR
Recurridos
| Certiorari |
|---|
| procedente del |
| Tribunal de |
| Primera Instancia, |
| Sala Superior de |
| HUMACAO |
| Caso Núm.: |
| HU2021CV00368 |
| Sobre: Interdicto |
| Preliminar y |
| Permanente, |
| Incumpl... |
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