Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. MIRANDA BURGOS, LUIS ALBERTO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202100890
Año:
2021
Fecha:
19 de agosto de 2021
Este documento es una resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico relativa a una petición de certiorari. El peticionario, Luis A. Miranda Burgos, impugnó una decisión del Tribunal de Primera Instancia que denegó su moción de desestimación. Dicha moción se fundamentaba en la alegada violación de su derecho a un juicio rápido, conforme a la Regla 64(n)(4) de Procedimiento Criminal. Miranda Burgos argumentó que habían transcurrido más de 120 días desde la presentación de las acusaciones sin que se iniciara el juicio. El Tribunal de Primera Instancia denegó la moción, concluyendo que la demora no era excesiva, estaba justificada en el expediente y no fue provocada por las partes. En su recurso de certiorari, Miranda Burgos señaló como errores que el TPI considerara aceptable la tardanza y que citara el caso a juicio sin disponibilidad del testigo principal. El Tribunal de Apelaciones expone las reglas procesales para la revisión de resoluciones interlocutorias mediante certiorari y el derecho constitucional a un juicio rápido. El documento presenta los antecedentes y argumentos, pero no incluye la decisión final del Tribunal de Apelaciones sobre la petición de certiorari.
| ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL IV | ||
|---|---|---|
| EL PUEBLO DE PUERTO RICO Recurrido | KLCE202100890 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón |
| v. | Criminal Núm.: D VI 2021G0003 D VI 2021G0004 D VI 2021G0005 D LA 2021G0046 D LA 2021G0047 D LA 2021G0048 Art.. 93 C.P. (2 cargos) Tent. Art. 93 C.P. Art. 6.14 Ley 168 (3 cargos) | |
| LUIS A. MIRANDA BURGOS Peticionario | Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón Cintrón, el Juez ... |
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