Partes:
JIMENEZ QUIÑONES, SYLVIA VS OLMO ARROYO, LUIS
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202100886
Año:
2021
Fecha:
20 de agosto de 2021
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de cobro de deuda hipotecaria iniciado en 2007. Los peticionarios, herederos del demandado original, recurren de una Orden y Resolución del Tribunal de Primera Instancia de junio de 2021. Dicha resolución denegó la solicitud de ejecución de sentencia y la consolidación del caso con otro. El foro primario determinó que la sentencia original de 2008 nunca fue debidamente notificada al demandado. La notificación de sentencia indicaba "No disponible" para su dirección. Al no ser notificada conforme a derecho, la sentencia nunca advino final y firme. Por tanto, el Tribunal de Primera Instancia declaró No Ha Lugar la solicitud de ejecución. El Tribunal de Apelaciones acogió el recurso como certiorari para revisar esta decisión post sentencia. Tras considerar los fundamentos, el Tribunal de Apelaciones deniega el auto de certiorari. Esto valida la determinación del foro primario sobre la falta de firmeza de la sentencia.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL ESPECIAL | ||
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| SYLVIA JIMÉNEZ QUIÑONES Recurrida v. LUIS OLMO ARROYO Peticionario | KLCE202100886 | APELACION procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Arecibo Civil núm.: CCD200701054 (402) Sobre: Cobro de Deuda Hipotecaria |
| Panel integrado por su presidenta la Jueza Cintrón Cintrón, el Juez Rivera Torres y la Jueza Santiago Calderón. | ||
| Rivera Torres, Juez Ponente | ||
| RESOLUCIÓN | ||
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