Partes:
BLANCO RODRIGUEZ, MIRIAM C V. LINARES ACEVEDO, JUAN CARLOS
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202100833
Año:
2021
Fecha:
8 de julio de 2021
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre una petición de Certiorari. El peticionario, Héctor David Linares Rivera, impugna una Resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI) en un caso de divorcio entre Miriam C. Blanco Rodríguez y Juan Carlos Linares Acevedo. La Resolución del TPI concedió provisionalmente la solicitud de hogar seguro a favor de la Sra. Blanco Rodríguez. La propiedad designada como hogar seguro fue vendida por el Sr. Linares Acevedo a su padre, el peticionario, poco antes de una vista programada. El TPI ordenó la entrega provisional de la propiedad a la Sra. Blanco Rodríguez y prohibió la inscripción de la compraventa en el Registro de la Propiedad. El peticionario solicita la revocación de la Resolución del TPI y la paralización de los procedimientos. El Tribunal de Apelaciones considera la naturaleza discrecional del auto de certiorari y los criterios para su expedición. El tribunal decidió prescindir de la comparecencia de la parte recurrida para agilizar el despacho del caso.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL IX | ||
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| MIRIAM C. BLANCO RODRÍGUEZ Recurrida v. | KLCE202100833 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce Civil Núm.: PO2020RF00621 |
| JUAN CARLOS LINARES ACEVEDO Y HÉCTOR DAVID LINARES RIVERA Peticionarios | Sobre: Divorcio (Ruptura Irreparable) |
Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Colón, el Juez Adames Soto y la Jueza Reyes Berrios
Reyes Berríos, Jueza Ponente
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