Partes:
MOCA ECO PARK, INC V. IRIZARRY MENDEZ, YANITSIA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202100803
Año:
2021
Fecha:
6 de julio de 2021
El Municipio de Aguadilla acudió en certiorari ante el Tribunal de Apelaciones para revisar una Resolución del Tribunal de Primera Instancia. Dicha Resolución denegó una moción de desestimación presentada por el Municipio en un caso de cobro de dinero incoado por Moca Eco Park, Inc. El Municipio solicitó la desestimación basándose en la doctrina de cosa juzgada, argumentando que los asuntos ya habían sido litigados y adjudicados en un caso anterior. El Tribunal de Primera Instancia declaró No Ha Lugar la moción del Municipio. Inconforme, el Municipio presentó el recurso de certiorari, alegando que el TPI erró al no aplicar la doctrina de cosa juzgada. El Tribunal de Apelaciones, sin embargo, desestimó el recurso presentado por el Municipio. La desestimación se fundamentó en la falta de jurisdicción del Tribunal para entender en el recurso. El Tribunal reiteró la norma de que la falta de jurisdicción es un defecto insubsanable.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VI | ||
|---|---|---|
| MOCA ECO PARK, INC. | CERTIORARI procedente de Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla | |
| Recurrido | KLCE202100803 | |
| v. | Civil número: A CD2018-0087 | |
| HON. YANITSIA IRIZARRY MÉNDEZ, ALCALDESA, EN REPRESENTACIÓN DEL MUNICIPIO DE AGUADILLA | Sobre: Cobro de dinero | |
| Peticionario |
Panel integrado por su presidenta, la jueza Birriel Cardona, y el juez Bonilla Ortiz y la juez Cortés González
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