Partes:
COLOM MIRANDA, TIFFANY V. CALDERON SILVA, BEATRIZ
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202100757
Año:
2021
Fecha:
14 de julio de 2021
Se presenta una petición de Certiorari ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de daños y perjuicios por impericia profesional. La peticionaria, Tiffany Colón Miranda, impugna una Orden del Tribunal de Primera Instancia de Bayamón. Dicha Orden fijó los honorarios del perito de la peticionaria, Dr. Alfredo A. Canino Rivera, en $200 por hora con tres horas garantizadas para una deposición solicitada por los codemandados. El perito había propuesto honorarios de $1,500 por cuatro horas ($375/hora) con $1,500 garantizados. La peticionaria alegó que el TPI erró al fijar los honorarios y, según su interpretación del error, le impuso el pago a ella en lugar de a la parte solicitante de la deposición. Los codemandados, Dra. Beatriz Calderón Silva y Triple S Propiedad, Inc., se opusieron al certiorari. El Tribunal de Apelaciones consideró la petición y los argumentos de las partes. La Resolución determina que procede expedir el auto de certiorari. Como resultado, el Tribunal de Apelaciones revoca el dictamen impugnado del Tribunal de Primera Instancia.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL IX | ||
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| TIFFANY COLÓM MIRANDA Peticionaria v. | KLCE202100757 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Civil Núm.: BY2018CV00236 |
| DRA. BEATRIZ CALDERÓN SILVA Y OTROS Recurridos | Sobre: Daños y Perjuicios, Impericia Profesional |
Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Colón, el Juez Adames Soto y la Jueza Reyes Berrios
Reyes Berrios, Jueza Ponente
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