Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. TORRES SANTIAGO, RAYMOND
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202100691
Año:
2021
Fecha:
19 de julio de 2021
El peticionario Raymond Torres Santiago solicita la revisión de una resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su solicitud para aplicar el principio de favorabilidad a su sentencia. Torres Santiago fue sentenciado en 2003 bajo el Código Penal de 1974 por delitos cometidos en 1998, incluyendo tentativa de asesinato en segundo grado y violaciones a leyes de armas y sustancias controladas, recibiendo una pena total de 40 años. En 2020, solicitó que se aplicara retroactivamente el principio de favorabilidad y las reglas de concurso real de delitos del Código Penal de 2012 a su pena. Argumentó que esto permitiría que ciertas penas fueran concurrentes, reduciendo su condena global. El TPI rechazó la solicitud, resolviendo que el principio de favorabilidad del Código de 2012 solo aplica a conducta posterior a septiembre de 2012. Fundamentó su decisión en la cláusula de reserva del Art. 303 del Código de 2012, que impide la aplicación retroactiva a delitos bajo códigos derogados. El peticionario recurre, alegando que el TPI erró al no aplicar la favorabilidad a la pena y al interpretar incorrectamente las limitaciones de retroactividad del Código de 2012. El Tribunal de Apelaciones revisa ahora esta determinación.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL V | ||
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| EL PUEBLO DE PUERTO RICO Recurrida V. RAYMOND TORRES SANTIAGO Peticionaria | KLCE202100691 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce Caso Núm.: J VI2000G0065 (501) Sobre: A83/ASESINATO 2DO GRADO |
Panel integrado por su presidente, el Juez Hernández Sánchez, la Juez Brignoni Mártir y la Jueza Grana Martínez.
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