Partes:
HERMANDAD DE EMPLEADOS DE OFICINA, V. AUTORIDAD METROPOLITANA DE AUTOBUSES
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202100677
Año:
2021
Fecha:
25 de junio de 2021
La Hermandad de Empleados de Oficina y Ramas Anexas de Puerto Rico (HEOAMA) y la Autoridad Metropolitana de Autobuses (AMA) discreparon sobre el cómputo del pago a un empleado que trabajó un día libre decretado por el Gobernador. HEOAMA reclamó que el empleado debía recibir doble tiempo y medio, mientras que la AMA pagó a razón de tiempo y medio. El Negociado de Conciliación y Arbitraje (NCA) resolvió a favor de la AMA, determinando que el pago de tiempo y medio no violó el convenio colectivo. HEOAMA impugnó esta decisión ante el Tribunal de Primera Instancia (TPI). El TPI confirmó el laudo arbitral, declarando no ha lugar la impugnación. HEOAMA solicitó entonces al Tribunal de Apelaciones revisar la sentencia del TPI. El Tribunal de Apelaciones denegó la expedición del recurso de certiorari.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL X | ||
|---|---|---|
| HERMANDAD DE EMPLEADOS DE OFICINA Y RAMAS ANEXAS DE PUERTO RICO (HEOAMA) | KLCE202100677 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera |
| Peticionaria | Instancia, Sala de San Juan | |
| Vs. | Caso Núm.: SJ2021CV01421 (802) | |
| AUTORIDAD METROPOLITANA DE AUTOBUSES | Sobre: Impugnación o Confirmación de Laudo | |
| Recurrida |
Panel integrado por su presidente, el Juez Rodríguez Casillas, la Jueza Romero García y la Juez Méndez Miró Méndez Mir...
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