Partes:
E L A DE PR V. EL OJO DE AGUA DEVELOPMENT, INC
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202100659
Año:
2021
Fecha:
21 de junio de 2021
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una Resolución en respuesta a una Petición de Certiorari presentada por El Ojo de Agua Development, Inc. La petición buscaba revisar dos órdenes del Tribunal de Primera Instancia en un caso de expropiación forzosa. El tribunal apelativo procedió a evaluar su jurisdicción para atender el recurso. Se enfatiza la importancia de la jurisdicción y el cumplimiento estricto de los términos procesales. La ley y el reglamento establecen un plazo de treinta días para presentar un certiorari desde la notificación de la orden recurrida. El tribunal determinó que la petición fue presentada de forma tardía. Concluye que, al no cumplirse el término, carece de jurisdicción para considerar los méritos del recurso. Por consiguiente, la Petición de Certiorari es desestimada por falta de jurisdicción debido a su presentación extemporánea.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL IV | ||
|---|---|---|
| $\begin{aligned} & ext { ESTADO LIBRE } \ & ext { ASOCIADO DE PUERTO } \ & ext { RICO } \end{aligned}$ | KLCE202100659 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan |
| Recurrido | Civil núm.: KEF2008-0188 (1003) | |
| V. | Sobre: Expropiación Forzosa | |
| EL OJO DE AGUA DEVELOPMENT, INC. | ||
| Peticionario |
Panel integrado por su presidenta la Jueza Cintrón Cintrón, el Juez Rivera Tor...
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