Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. FIGUEROA COLON, MARILUZ
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202100611
Año:
2021
Fecha:
14 de julio de 2021
La Resolución del Tribunal de Apelaciones atiende una solicitud de Mariluz Figueroa Colón. Figueroa Colón, sentenciada a tres años de prisión por infringir la Ley de Explosivos tras declararse culpable, pidió una vista para modificar su sentencia. Alegó haber cumplido el mínimo de su pena y solicitó extinguir el resto en probatoria o con grillete. Su petición fue presentada directamente ante el foro apelativo, sin recurrir de un dictamen previo del tribunal de instancia. El Procurador General, en representación del Pueblo, solicitó la desestimación del recurso. Argumentó que el escrito no cumplía con los requisitos de un certiorari o apelación, siendo una carta solicitando una modificación de sentencia. El Tribunal de Apelaciones enfatizó la necesidad de tener jurisdicción para considerar un caso. Determinó que la petición de Figueroa Colón no constituía un recurso apelativo adecuado y que acudía en jurisdicción original, la cual no poseía el tribunal para este fin. Por consiguiente, el Tribunal de Apelaciones desestimó el recurso por falta de jurisdicción.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VI EL PUEBLO DE PUERTO RICO Recurrido v.
MARILUZ FIGUEROA COLÓN Peticionaria
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Birriel Cardona, el Juez Bonilla Ortiz y la Jueza Cortés González.
Bonilla Ortiz, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico a 14 de julio de 2021. Comparece por derecho propio la señora Mariluz Figueroa Colón (señora Figueroa Colón o "la peticionaria"), mediante el recurso de epígrafe. Nos solicita que llevemos a cabo una vista con el propósito de modificar su sentencia en el caso crimina...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito