Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. RODRIGUEZ RIVERA, CARLOS R
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202100518
Año:
2021
Fecha:
18 de mayo de 2021
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia sobre un recurso presentado por Carlos Rodríguez Rivera. El recurso impugna una sentencia del Tribunal de Primera Instancia del 24 de marzo de 2021, que lo declaró culpable de violar el Artículo 241.A del Código Penal y le impuso una multa de $500. Aunque el recurso presentado fue de certiorari, el Tribunal lo consideró como apelación por economía procesal. Sin embargo, el Tribunal determinó que carece de jurisdicción para adjudicar el recurso. Las reglas de procedimiento criminal establecen un término jurisdiccional de 30 días para apelar una sentencia penal, contado desde la fecha en que se dicta. La sentencia de primera instancia fue dictada el 24 de marzo de 2021, por lo que el término para apelar vencía el 23 de abril de 2021. El apelante presentó su recurso el 27 de abril de 2021, fuera del término establecido. Al ser presentado tardíamente, el recurso debe ser desestimado por falta de jurisdicción.
Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL III
Panel integrado por su presidente el Juez Figueroa Cabán, el Juez Flores García y el Juez Salgado Schwarz
Flores García, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 18 de mayo de 2021.
Comparece la parte apelante, el señor Carlos Rodríguez Rivera, mediante el presente recurso de certiorari, y solicita nuestra intervención a los fines de revocar una sentencia emitida el 24 de marzo de 2021, por el Tribunal de Primera Instancia. Mediante la referida sentencia el foro primario emitió un fall...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito