Partes:
COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DE AGUAD V. MIRANDA MERCADO, RUBEN ALFONSO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202100500
Año:
2021
Fecha:
13 de julio de 2021
Comparecen Rubén Alfonso Miranda Mercado y Sonia I. Acevedo Pérez solicitando la revisión de una Orden del Tribunal de Primera Instancia. Dicha Orden declaró No Ha Lugar su acción de nulidad de sentencia. Los peticionarios buscaban anular una sentencia previa de cobro de dinero y ejecución de hipoteca de 2017, firme e inapelable, dictada a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito de Aguada. Argumentaron que la sentencia de 2017 era nula por no incluir a los herederos de Ricardo Miranda como partes indispensables. El foro primario denegó la acción de nulidad y una posterior solicitud de reconsideración. Inconformes, los peticionarios presentaron un recurso de certiorari ante este foro apelativo. Alegaron errores en la denegatoria de la acción de nulidad sin vista y en su fondo. La parte recurrida se opuso al recurso. Este Tribunal, tras evaluar las comparecencias, resuelve denegar el recurso de certiorari presentado.
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Birriel Cardona, el Juez Bonilla Ortiz y la Jueza Cortés González.
Bonilla Ortiz, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico a 13 de julio de 2021. Comparecen ante este foro Rubén Alfonso Miranda Mercado, Sonia I. Acevedo Pérez y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos (matrimonio MirandaAcevedo o "los peticionarios") y solicitan que revisemos una Orden emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aguada, notificada el 26 de marzo de 2021. Mediante el referido dictamen, el foro primario declaró No Ha Lugar...
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