Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. CORTES PADUA, JOSE ROBERTO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202100455
Año:
2021
Fecha:
25 de mayo de 2021
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre una petición de certiorari. El peticionario, José Cortés Padua, cumple una sentencia de 35 años por delitos de drogas dictada en 2016. Su abogado de oficio fue relevado el día de la sentencia. Cuatro años después, presentó una moción al amparo de la Regla 192.1 de Procedimiento Criminal. Alegó que se violó su derecho a apelar al ser relevado su representante legal. El Tribunal de Primera Instancia declaró No Ha Lugar de plano dicha moción. Cortés Padua recurre ante el Tribunal de Apelaciones mediante certiorari. Señala que el TPI erró al denegar la moción y al hacerlo sin celebrar una vista evidenciaria. El Tribunal de Apelaciones procede a examinar el recurso presentado.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL IX | ||
|---|---|---|
| El Pueblo de Puerto Rico Recurrido vs. José Cortés Padua Peticionario | KLCE202100455 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez Sobre: Regla 192.1 de Procedimiento Criminal Crim. Núm.: ISCR 201500982- 0983 |
| Panel integrado por su presidente, el Juez Adames Soto y la Jueza Reyes Berrios. | Rivera Colón, el Juez de las | |
| Rivera Colón, Juez Ponente | ||
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