Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. GOMEZ HERRERA, JOSE M
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202100370
Año:
2021
Fecha:
30 de abril de 2021
José M. Gómez Herrera, miembro de la población correccional, solicitó al Tribunal de Primera Instancia (TPI) la corrección de su sentencia y la aplicación retroactiva del principio de favorabilidad. Argumentó que la Ley Núm. 168-2019, específicamente su Artículo 7.25, le permitía ser considerado para libertad bajo palabra tras cumplir el 75% de su pena, lo cual consideraba más favorable que la ley anterior. El TPI, Sala de Arecibo, declaró No Ha Lugar a su moción mediante Resolución de 4 de marzo de 2021. Inconforme, el señor Gómez Herrera presentó una petición de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones. Alegó que el TPI erró al denegar su solicitud sin vista, al interpretar incorrectamente el Art. 7.25 de la Ley 168-2019 y al no aplicar el principio de favorabilidad del Código Penal. El Tribunal de Apelaciones, tras revisar la petición, decidió denegar la expedición del auto de certiorari.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES Panel IX | ||
|---|---|---|
| EL PUEBLO DE PUERTO RICO Recurrido | KLCE202100370 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo |
| v. | Caso Núm. CSC2017G0083 y otros | |
| JOSÉ M. GÓMEZ HERRERA Peticionario | Delito: Art. 406 (Ley 4 S.C.) | |
| Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Colón, el Juez Adames Soto y la Jueza Reyes Berrios | ||
| Adames Soto, Juez Ponente | ||
| RESOLUCIÓN | ||
| En San Juan, Puerto Rico, a 30 de abril de 2021. | ... |
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