Partes:
AYALA SANTANA, MARIA DEL CARMEN V. LALAITE, ERIC A
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202100365
Año:
2021
Fecha:
18 de mayo de 2021
María del C. Ayala Santana acudió al Tribunal de Apelaciones mediante certiorari para impugnar una Orden del Tribunal de Primera Instancia. Dicha Orden denegó su solicitud para radicar una segunda demanda enmendada en un caso de daños y cobro de dinero iniciado en 2010. La Peticionaria había acumulado a Seguros Triple S Salud como fiadora en 2017. La enmienda propuesta buscaba añadir una nueva causa de acción contra Triple-S por rechazo doloso o de mala fe de su responsabilidad como fiadora. La Peticionaria basó esta nueva reclamación en la jurisprudencia del caso 800 Ponce de León v. AIG. Triple-S se opuso a la enmienda, argumentando que era extemporánea y que su responsabilidad como fiadora aún no se había activado al no haberse determinado la responsabilidad de los demandados originales. El Tribunal de Primera Instancia denegó la solicitud de enmienda y la posterior reconsideración. La Peticionaria alegó que esta denegatoria constituía un error de derecho y un fracaso de la justicia conforme al caso 800 Ponce de León. El Tribunal de Apelaciones, tras considerar el recurso, DENEGÓ la expedición del auto de certiorari.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VIII | ||
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| MARÍA DEL C. AYALA SANTANA Peticionaria v. ERIC A. LALAITE; LOURDES RODRIGUEZ CARRASQUILLO; LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; SEGUROS TRIPLE S SALUD, INC. Recurrida | KLCE202100365 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina Civil Núm.: F DP-2010-0273 Sobre: Daños y perjuicios, cobro de dinero. |
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