Partes:
ANDINO RIVERA, OTONIEL V. AYALA, RAMON
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202100343
Año:
2021
Fecha:
28 de abril de 2021
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico considera una petición de certiorari presentada por Otoniel Andino Rivera y otros. Los peticionarios solicitan la revisión de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Toa Alta. Dicha Resolución denegó su Moción Solicitando Desestimación por Falta de Jurisdicción. Los peticionarios, demandantes originales en un caso de cobro de dinero relacionado a una obra de construcción, argumentaron que la reconvención presentada por los demandados, que alegaba defectos y trabajos incompletos, debía ser atendida por el DACO. Sostuvieron que el DACO posee jurisdicción primaria o exclusiva sobre controversias de construcción. El Tribunal de Primera Instancia determinó que tenía jurisdicción primaria concurrente con el DACO, al surgir la reconvención de los mismos hechos que la demanda original. Los peticionarios apelaron esta determinación, señalando errores en la interpretación de la jurisdicción del DACO y los tribunales. El Tribunal de Apelaciones, tras considerar la petición, deniega la expedición del auto de certiorari.
| ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL IV | ||
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| OTONIEL ANDINO RIVERA y OTROS Peticionarios v. RAMÓN AYALA y OTROS Recurridos | KLCE202100343 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Toa Alta Civil Núm.: BY2019CV03981 Cobro de DineroOrdinario |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón Cintrón, el Juez Rivera Torres y la Jueza Santiago Calderón.
Cintrón Cintrón, Jueza Ponente.
En San Juan, Puerto Rico, a 28 de abril de 2021. Comparecen ante nos, el S...
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