Partes:
COUNCIL OF OWNERS OF THE AQUATIKA V. TRIPLE S PROPIEDAD INC
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202100320
Año:
2021
Fecha:
18 de junio de 2021
Triple-S Propiedad, Inc. presentó una Petición de Certiorari para impugnar una Orden del Tribunal de Primera Instancia (TPI). La Orden del TPI denegó la Moción de Desestimación Parcial de Triple-S en una demanda instada por el Consejo de Titulares del Condominio Aquátika. La demanda del Consejo de Titulares reclamaba daños sufridos por el huracán María en 2017 y solicitaba la aplicación de la Ley Núm. 247-2018. Triple-S argumentó que la Ley 247-2018, aprobada en 2018, no era de aplicación retroactiva a los hechos ocurridos en 2017. El TPI, al denegar la desestimación, resolvió que la Ley 247-2018 sí aplicaba retroactivamente a casos pendientes relacionados con los huracanes de 2017. Este tribunal evaluó las posturas de las partes. Se expidió el auto de certiorari solicitado por Triple-S. La determinación del TPI fue revocada. El caso se devuelve al Tribunal de Primera Instancia para que continúen los procedimientos de acuerdo con lo resuelto por este panel.
Panel integrado por su presidente el Juez Bermúdez Torres, la Jueza Rivera Marchand, la Jueza Barresi Ramos y la Jueza Mateu Meléndez.
Mateu Meléndez, Jueza Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 18 de junio de 2021. Triple-S Propiedad, Inc. (Triple-S o la peticionaria) comparece ante nos mediante Petición de Certiorari instada el 23 de marzo de 2021. En esta, nos solicita que dejemos sin efecto la Orden emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina (TPI), en el caso LO2020CV00047 a través de la que denegó la Moción de Desestimación Parcial instada por ...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito