Partes:
MEDINA MORALES, CARINA V. JUNTA DE RETIRO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202100318
Año:
2021
Fecha:
27 de abril de 2021
La Junta de Retiro solicitó un auto de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones para impugnar una Resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI). Dicha Resolución, emitida en un caso de daños y perjuicios, declaró Con Lugar las objeciones de las demandantes a las contestaciones de la Junta a requerimientos de admisiones. El caso original fue presentado por Carina Medina Morales y Solanya Vargas González, quienes alegaron represalias, discrimen ideológico y por edad, hostigamiento laboral y despido ilegal. Durante la fase de descubrimiento, las demandantes cursaron requerimientos de admisiones que la Junta objetó en su totalidad. La Junta argumentó que sus empleados no tenían conocimiento personal de los hechos y que la información solicitada era una expedición de pesca. El TPI, sin embargo, ordenó a la Junta a contestar los requerimientos. La Junta recurrió en certiorari, alegando que el TPI erró al ordenar las contestaciones a pesar de sus objeciones fundamentadas. El Tribunal de Apelaciones revisó la petición y los argumentos de las partes. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones denegó la expedición del auto de certiorari solicitado por la Junta de Retiro.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL IX | ||
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| CARINA MEDINA MORALES Y OTROS Recurridos v. | KLCE202100318 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan Civil Núm.: SJ2019CV06683 Sobre: Daños y Perjuicios |
| ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Y OTROS Peticionarios |
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