Partes:
E L A DE PR V. DENISA BELLO, JASHMARIE
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202100316
Año:
2021
Fecha:
23 de marzo de 2021
Comparece Jashmarie Denisa Bello ante el Tribunal de Apelaciones mediante una petición de certiorari en un caso de desahucio por falta de pago y cobro de dinero iniciado por la Administración de Vivienda Pública. La peticionaria no identifica un dictamen específico del Tribunal de Primera Instancia que desee impugnar. Junto al recurso, presentó una solicitud para litigar como indigente. El Tribunal, tras examinar el expediente y constatar que la peticionaria cuenta con representación legal, declara No Ha Lugar la solicitud de indigencia. La demanda original alega incumplimiento de contrato de arrendamiento y la cancelación administrativa del mismo. En su contestación a la demanda en instancia, la Sra. Denisa Bello argumentó que la razón de la cancelación (arresto del padre de sus hijos y daños a la puerta) era injusta y ajena a ella. En su petición de certiorari, la Sra. Denisa Bello expresa su apelación por considerar injusto el intento de desalojo con sus tres hijos menores, alegando que los incidentes no ocurrieron en su vivienda y que no fue notificada adecuadamente. El Tribunal decide disponer del recurso sin necesidad de ulterior trámite, enfocándose en la resolución de la petición de certiorari y la solicitud de indigencia.
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Administración de Vivienda Pública, Departamento de la Vivienda de Puerto Rico, Individual Management and Consultant, Inc.
Recurridos vs. Jashmarie Denisa Bello Peticionaria
Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Colón, el Juez Adames Soto y la Jueza Reyes Berrios.
Rivera Colón, Juez Ponente.
procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce
Sobre: Desahucio (Falta de Pago) y Cobro de Dinero
Civil Núm.: PO2020CV02041
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