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Casos/Tribunal de Apelaciones/KLCE202100291

MENDEZ RESTO, ILEANA V. COLON SUAREZ, CARLOS

Tribunal de Apelaciones

Información del Caso

Partes:

MENDEZ RESTO, ILEANA V. COLON SUAREZ, CARLOS

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

KLCE202100291

Año:

2021

Fecha:

25 de agosto de 2021

Resumen

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una Resolución sobre una petición de certiorari presentada por Carlos Colón Suárez. El peticionario busca la revisión de una decisión del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. Dicha decisión confirmó una orden de protección expedida en su contra al amparo de la Ley Núm. 148-2015, Ley para la Protección las Víctimas de Violencia Sexual. La orden fue solicitada por Ileana Méndez Resto en representación de su hijo menor. Las alegaciones iniciales ante la Sala Municipal de Bayamón incluyeron acercamientos indeseados y el envío de fotografías íntimas por redes sociales por parte del peticionario, quien era maestro del menor. La Sala Municipal expidió la orden, la cual fue confirmada tras una vista. El peticionario apeló, y tras un traslado ordenado por un panel anterior, la Sala Superior revisó y sostuvo la orden. Ahora, el peticionario solicita al Tribunal de Apelaciones que revise la determinación de la Sala Superior. El Tribunal resuelve denegar la expedición del auto de certiorari solicitado. Aunque la orden de protección ya expiró, el Tribunal considera la controversia debido a su carácter recurrente y las consecuencias colaterales.

Contenido del Caso

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VII

ILEANA MÉNDEZ RESTOCertiorari
RecurridaKLCE202100291procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de
v.Bayamón
CARLOS COLÓN SUÁREZCaso Núm.: OPVS-2020-32
PeticionarioSobre:
Orden de Protección, Ley 148

Panel integrado por su presidenta, la Juez Ortiz Flores, el Juez Ramos Torres y el Juez Ronda del Toro.

Ramos Torres, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 25 de agosto de 2021. Comparece ante este Tribunal de Apelacion...

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