Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. DEL RIO DEL RIO, HIRAM
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202100182
Año:
2021
Fecha:
9 de marzo de 2021
El señor Hiram Del Río Del Río presentó un escrito ante el Tribunal de Apelaciones solicitando la reducción de su sentencia al amparo de la Regla 192.1 de Procedimiento Criminal. El tribunal observó que el escrito no venía acompañado de ningún documento. No se pudo determinar si la solicitud fue presentada previamente ante el tribunal de primera instancia que impuso la sentencia, requisito indispensable bajo la Regla 192.1. Tampoco se incluyeron resoluciones u órdenes pertinentes del expediente original. El tribunal concluyó que el escrito no constituía un recurso revisable conforme al ordenamiento procesal vigente. En virtud de su facultad reglamentaria para desestimar recursos no perfeccionados, el tribunal procedió a desestimar el escrito. La desestimación se fundamentó en que el recurso no fue proseguido con diligencia y no cumplió con las reglas aplicables. Se ordenó notificar la sentencia al Departamento de Corrección y Rehabilitación para que se entregara copia al confinado.
Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cabán, el Juez Flores García y el Juez Salgado Schwarz
Figueroa Cabán, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico a 9 de marzo de 2021.
El Sr. Hiram Del Río Del Río, en adelante el señor Del Río, presentó por derecho propio, un escrito titulado Moción al Amparo de la Regla 192.1 Procedimiento Criminal; y la Ley Núm: 4040 de 2000. Ley de Arma. Ley Núm: 142 de 2013 de 2 de diciembre de 2013 y el Art. 4-B cp. 2012. En este solicita, en esencia, que conforme a los parámetros de la Regla 192.1 de Procedimiento Criminal, ejerz...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito