Partes:
LEDESMA & VARGAS, LLC. V. PLAZAQ, LLC
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202100121
Año:
2021
Fecha:
23 de febrero de 2021
Ledesma & Vargas LLC presentó una petición de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. El recurso impugnaba una resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su solicitud de sentencia sumaria en un litigio con PLAZAQ, LLC sobre un contrato de arrendamiento comercial afectado por la pandemia de COVID-19. Ledesma & Vargas alegaba imposibilidad de pago o derecho a reducción del canon de arrendamiento. PLAZAQ solicitó la desestimación del certiorari por prematuro, argumentando que había presentado una solicitud de reconsideración ante el foro primario que interrumpió el término para apelar. El Tribunal de Apelaciones examinó la cuestión jurisdiccional. Determinó que la solicitud de reconsideración presentada por PLAZAQ ante el Tribunal de Primera Instancia interrumpió el término apelativo. Dado que el certiorari fue presentado antes de que el foro primario resolviera dicha reconsideración, el recurso resultó prematuro. Por tanto, el Tribunal de Apelaciones desestimó la petición de certiorari por falta de jurisdicción. La resolución aclara que una desestimación por prematuridad permite a la parte recurrir nuevamente una vez el foro inferior resuelva lo pendiente.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL II | ||
|---|---|---|
| LEDESMA & VARGAS LLC Peticionario v. | KLCE202100121 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan |
| PLAZAQ, LLC | Caso Núm. SJ2020CV02898 | |
| Recurrido | Sobre: Consignación y otros | |
| Panel integrado por su presidente el Juez Bermúdez Torres, la Jueza Rivera Marchand, la Jueza Barresi Ramos y la Jueza Mateu Meléndez | ||
| RESOLUCIÓN | ||
| En San Juan, Puerto Rico, a 23 de febre... |
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