Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. DIAZ VICENTE, EZEQUIEL
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202100043
Año:
2021
Fecha:
27 de enero de 2021
El recurso de certiorari fue presentado por Ezequiel Díaz Vicente contra una resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI) en un caso de Ley 54 de Violencia Doméstica. Dicha resolución denegó una moción del peticionario al amparo de la Regla 192.1. Tras la notificación de la resolución, el peticionario presentó una moción de reconsideración ante el TPI. Mientras la reconsideración estaba pendiente de resolución en el foro primario, el peticionario acudió al Tribunal de Apelaciones mediante el presente certiorari. Posteriormente, el TPI emitió una orden denegando la reconsideración. El Tribunal de Apelaciones desestimó el recurso de certiorari. La desestimación se fundamentó en la falta de jurisdicción por ser el recurso prematuro. Se determinó que la presentación del certiorari antes de que el TPI resolviera la moción de reconsideración le privó de jurisdicción al foro apelativo. Un recurso prematuro carece de eficacia y no produce efectos jurídicos.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL V | ||
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| EL PUEBLO DE PUERTO RICO Peticionaria v. EZEQUIEL DÍAZ VICENTE Peticionario | KLCE202100043 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de CAROLINA Caso Núm.: F LE2014G0057 Sobre: Ley 54 Violencia Doméstica Art. 3.1 Maltrato |
Panel integrado por su presidente el Juez Bermúdez Torres, la Jueza Domínguez Irizarry, la Jueza Rivera Marchand, la Jueza Mateu Meléndez y la Jueza Álvarez Esnard...
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