Partes:
MIRANDA CASTRO, MARIA V. UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202001335
Año:
2021
Fecha:
17 de febrero de 2021
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de certiorari presentado por la Universidad de Puerto Rico (UPR). La UPR impugnó resoluciones del Tribunal de Primera Instancia en una querella laboral incoada por María Miranda Castro. La señora Miranda Castro alegó despido injustificado por represalias y discrimen por edad y afiliación política bajo las Leyes 115 y 100, respectivamente, utilizando el procedimiento sumario de la Ley núm. 2. La UPR solicitó la desestimación del reclamo bajo la Ley 100, argumentando su inaplicabilidad a corporaciones públicas sin fines de lucro. También pidió la conversión del caso al procedimiento ordinario, alegando que la Ley núm. 2 es solo para el sector privado. El foro primario declaró no ha lugar a la moción de la UPR y anotó su rebeldía. La señora Miranda Castro se opuso, defendiendo la aplicación de la Ley 100 a la UPR y la procedencia del procedimiento sumario. El Tribunal de Apelaciones expidió el auto de certiorari y revocó los dictámenes emitidos por el Tribunal de Primera Instancia.
| MARÍA MIRANDA | CERTIORARI | |
|---|---|---|
| CASTRO | procedente del | |
| vs. | KLCE202001335 | Tribunal de Primera |
| UNIVERSIDAD DE | Instancia, Sala | |
| PUERTO RICO | Superior de San Juan | |
| Caso núm.: SJ2020CV03678 (908) | ||
| Sobre: Procedimiento | ||
| Sumario bajo Ley | ||
| núm. 2 |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón Cintrón, el Juez Rivera Torres y la Jueza Santiago Calderón.
En San Juan, Puer...
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