Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. QUINTERO SANTIAGO, GIL A
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202001280
Año:
2021
Fecha:
25 de enero de 2021
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una resolución sobre la petición de Gil A. Quintero Santiago, quien solicita enmendar su sentencia. El peticionario, miembro de la población correccional, alega que su pena por delitos de Ley de Armas fue duplicada ilegalmente y que no se consideraron atenuantes. Indica que presentó una moción sobre este asunto ante el Tribunal de Primera Instancia (TPI) que aún no ha sido resuelta y pide al Tribunal de Apelaciones que tome jurisdicción. El Tribunal de Apelaciones aclara que su competencia es principalmente apelativa, revisando decisiones finales o, discrecionalmente, resoluciones del TPI. Explica que no tiene autoridad para resolver mociones pendientes ante el TPI en primera instancia. Además, señala que el peticionario incumplió con la obligación de someter los documentos necesarios para demostrar la jurisdicción del tribunal. Tampoco formuló de manera coherente la supuesta ilegalidad de su sentencia ni fundamentó su reclamo con hechos y derecho. Por tanto, al no haberse demostrado que el Tribunal de Apelaciones tiene jurisdicción para atender el recurso y por incumplimiento procesal, no puede proceder.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL I (DJ 2019-187F) | ||
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| EL PUEBLO DE PUERTO RICO Recurrido v. GIL A. QUINTERO SANTIAGO Peticionario | KLCE202001280 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo Caso núm.: NIVP2014-1871 Art. 93.A NIVP2014-1872 Art. 5.04 LA NIVP2014-1873 Art. 5.15 LA |
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