Partes:
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO V. LA SUCESION ABRAHAM NIEVES NEGRON
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202001255
Año:
2021
Fecha:
13 de abril de 2021
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de certiorari. Los peticionarios, miembros de una sucesión y corporaciones, impugnaron la validez de emplazamientos por edicto en un caso de cobro de dinero iniciado por Banco Popular. El Tribunal de Primera Instancia había autorizado el emplazamiento por edicto ante la dificultad de realizar notificaciones personales, en parte debido a la pandemia de COVID-19 y el vencimiento del término. Los peticionarios solicitaron dejar sin efecto dichos emplazamientos, pero el foro primario denegó su moción y la posterior reconsideración. El Tribunal de Apelaciones examinó la controversia sobre la procedencia del emplazamiento por edicto. Tras revisar el recurso, el Tribunal de Apelaciones resolvió expedir el auto de certiorari. Sin embargo, procedió a confirmar la Resolución recurrida del Tribunal de Primera Instancia. Esto significa que el Tribunal de Apelaciones validó el emplazamiento por edicto realizado a los peticionarios en el pleito de cobro de dinero.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL X | ||
|---|---|---|
| BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Recurrido | KLCE202001255 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama |
| V. | ||
| LA SUCESIÓN ABRAHAM NIEVES NEGRÓN COMPUESTA POR MYRNA ROSARIO NIEVES GUTIÉRREZ, CÁNDIDA ROSA NIEVES LÓPEZ Y OTROS; ABRAHAM NIEVES COMPANY, INC. Y BIENES NIEVES INCORPORADO | Civil Núm.: GM2020CV00174 | |
| Peticionaria | Sobre: Cobro de Dinero |
Panel integrado por su presidente, el Juez Rodríg...
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