Partes:
TORRES LEDEE, CARLOS V. BAXTER HEALTHCARE OF PUERTO RICO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202001181
Año:
2020
Fecha:
21 de diciembre de 2020
Baxter Healthcare solicitó la revisión de una Orden del Tribunal de Primera Instancia que le impuso sanciones por incumplimiento. Baxter argumentó que las sanciones se basaban en órdenes previas que consideraba contrarias a derecho. El recurrido, Carlos Torres Ledée, sostuvo que el caso no cumplía con las excepciones para la revisión interlocutoria en un procedimiento sumario laboral y que la controversia era académica. El Tribunal de Apelaciones recordó las limitaciones para intervenir con órdenes interlocutorias, particularmente en casos sumarios laborales bajo la Ley Núm. 2, según lo establecido en la jurisprudencia. Estas excepciones son limitadas a situaciones como resoluciones contrarias a ley, falta de jurisdicción, evitar un fracaso de la justicia o poner fin al caso. Tras examinar el expediente, el Tribunal concluyó que el caso no presentaba ninguna de estas instancias limitadas. Por consiguiente, el Tribunal denegó la expedición del recurso de certiorari.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL II | ||
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| CARLOS TORRES LEDÉE Y OTROS Recurridos Vs. BAXTER HEALTHCARE OF PUERTO RICO Y OTROS Peticionarios | KLCE202001181 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama Caso Núm.: AY2019CV00130 (303) Sobre: Despido Injustificado y Otros |
| Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, la Jueza Romero García y la Juez Méndez Miró Méndez Miró, Juez Ponente |
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