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Casos/Tribunal de Apelaciones/KLCE202001127

EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. CORNIER TORRES, JUAN LUIS

Tribunal de Apelaciones

Información del Caso

Partes:

EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. CORNIER TORRES, JUAN LUIS

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

KLCE202001127

Año:

2021

Fecha:

26 de enero de 2021

Resumen

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en un recurso de certiorari presentado por Juan Luis Cornier Torres. El peticionario impugnó una resolución del Tribunal de Primera Instancia de Ponce en su caso criminal. La controversia principal giraba en torno a la redacción de la acusación por el delito de destrucción de pruebas (Artículo 285 del Código Penal). Cornier Torres argumentó que la acusación incluía indebidamente lenguaje que hacía referencia al delito de asesinato, constituyendo una acumulación impropia de delitos en un solo cargo. Solicitó la desestimación o enmienda de la acusación para eliminar dicha frase. El Tribunal de Primera Instancia declaró sin lugar su solicitud inicial y una moción de reconsideración posterior. Ante esta negativa, el peticionario acudió al Tribunal de Apelaciones mediante certiorari. El Tribunal de Apelaciones expidió el auto, revocó la determinación recurrida y devolvió el caso al foro primario. La decisión implica que el Tribunal de Apelaciones encontró mérito en el argumento del peticionario respecto a la redacción de la acusación. El caso continuará en el Tribunal de Primera Instancia conforme a lo resuelto por el apelativo.

Contenido del Caso

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL II

EL PUEBLO DE PUERTO RICO,

Recurrida, v.

JUAN LUIS CORNIER TORRES,

Peticionaria.

CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce.

Criminal núm.: J VI2019G0001; J LA2019G0007; J F2019G0004.

Por: Art. 93 y 285 C.P.; Art. 5.05 Ley de Armas.

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, la Jueza Romero García y la Juez Méndez Miró.

Romero García, jueza ponente.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 26 de enero de 2021. El 6 de noviembre de $2020^{1}$, la parte peti...

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