Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. HERMINA VENES, ALVIN
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202001122
Año:
2020
Fecha:
30 de noviembre de 2020
Alvin Hermina Venes solicitó al Tribunal de Apelaciones revisar una orden del Tribunal de Primera Instancia (TPI). Dicha orden del TPI declaró no ha lugar su moción para reconsiderar la sentencia impuesta por violación al Artículo 5.04 de la Ley de Armas. El señor Hermina se declaró culpable de este cargo, entre otros, incluyendo asesinato en segundo grado, como parte de un acuerdo en 2011. Argumentó que desconocía que la convicción bajo el Art. 5.04 le haría perder derechos a bonificaciones y programas. El TPI denegó su solicitud, refiriéndose a peticiones similares anteriores y casos previos del mismo peticionario. Ante la negativa del TPI, el señor Hermina acudió al Tribunal de Apelaciones mediante certiorari. El Tribunal de Apelaciones, ejerciendo su discreción, deniega la expedición del auto de certiorari solicitado.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL II | ||
|---|---|---|
| EL PEUBLO DE PUERTO RICO Recurrido Vs. | KLCE202001122 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Arecibo |
| ALVIN HERMINIA VENES Peticionario | Caso Núm.: CVI2011G0055 (303) Sobre: Art. 106 CP |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, la Jueza Romero García y la Juez Méndez Miró Méndez Miró, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de noviembre de 2020. El Sr. Alvin Hermina Ve...
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