Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. PONCE PELLICIER, LUIS R
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202001121
Año:
2020
Fecha:
8 de diciembre de 2020
Un panel de jueces revisa una resolución del Tribunal de Primera Instancia de Mayagüez. El peticionario, Luis R. Ponce Pellecier, confinado, solicita la revisión de la negativa del foro primario a enmendar su sentencia y aplicar atenuantes. Su sentencia de seis años (cinco más uno consecutivos) resultó de un preacuerdo de alegación de culpa por infracciones a la Ley de Armas. El Tribunal de Primera Instancia aprobó el acuerdo y dictó sentencia en mayo de 2019. El señor Ponce Pellecier no apeló la sentencia original en su momento. Más de un año después, presentó una moción solicitando la reducción de pena basándose en ser primer ofensor, buena conducta y cooperación, invocando la Regla 192.1 de Procedimiento Criminal y artículos del Código Penal sobre atenuantes. El Tribunal de Primera Instancia declaró No Ha Lugar dicha moción. Esta Sentencia aborda el recurso de Apelación, acogido como Certiorari, presentado contra esa última determinación del foro primario.
Panel integrado por su presidente, el Juez Sánchez Ramos, el Juez Candelaria Rosa, el Juez Pagán Ocasio, el Juez Vázquez Santisteban y la Jueza Reyes Berrios.
Vázquez Santisteban, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico a 8 de diciembre de 2020. Comparece Luis R. Ponce Pellecier (señor Ponce Pellecier o Peticionario), autorizado por razón de indigencia a litigar de forma pauperis, quien se encuentra confinado en la Institución Correccional Guerreros de Aguadilla cumpliendo sentencia. Mediante recurso de Apelación, acogido como Certiorari, nos solicita por derecho propio la revi...
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